Cuando una pareja se divorcia, uno de los temas más delicados es decidir quién se queda en la vivienda familiar. La sentencia de divorcio o el convenio regulador suelen atribuir el uso de la vivienda a uno de los cónyuges, a veces con carácter temporal, otras mientras los hijos sean menores. Pero ¿qué ocurre cuando ese plazo se cumple? ¿Qué pasa si la persona a la que se concedió el uso no se va? Y, sobre todo, ¿cómo podemos prevenir este tipo de conflictos antes de que aparezcan?

Evitar el problema desde el principio: la importancia de un buen convenio regulador
La experiencia demuestra que muchos conflictos se evitarían si, en el momento del divorcio, el convenio regulador o la sentencia preveyeran expresamente qué sucede cuando finaliza el derecho de uso. No basta con decir “el uso se extinguirá al cabo de un año”; es fundamental dejar claro que, llegado ese momento, quien ocupa la vivienda deberá desalojarla o que se iniciarán los trámites para su venta o liquidación.
Esta previsión, sencilla pero decisiva, evita que uno de los ex cónyuges se mantenga indefinidamente en la vivienda, generando desigualdad y gastos innecesarios. Por eso es importante asesorarse con un abogado especializado en derecho de familia, que anticipe los escenarios futuros y redacte un convenio completo.


Cuando el plazo ha terminado y uno de los cónyuges no entrega la vivienda
Imaginemos ahora el caso contrario, en el supuesto de que no haya tramitación de mutuo acuerdo y no haya convenio regulador, y que el el uso de la vivienda familiar ya se ha extinguido, porque así lo decía la sentencia, pero la persona que lo disfrutaba no se va. Es una situación más habitual de lo que parece, y genera frustración y perjuicio económico al otro cónyuge, que muchas veces tiene que pagar un alquiler mientras su ex sigue viviendo en el inmueble común.
En estos casos, el Tribunal Supremo ha sido claro:
- Mientras la sentencia de divorcio atribuía el uso válidamente, no se puede reclamar una compensación económica.
- Pero una vez finalizado el plazo, si el ocupante no entrega la vivienda ni permite el uso compartido, su ocupación pasa a ser abusiva o sin título.
Para poder reclamar una compensación, la jurisprudencia exige tres requisitos básicos:
- Que el uso esté efectivamente extinguido.
- Que exista un requerimiento fehaciente (por burofax o notarial) pidiendo la entrega o el uso compartido.
- Que se acredite el perjuicio (por ejemplo, el coste de un alquiler o el valor de mercado del inmueble).
Así lo ha señalado el Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de marzo de 2022 (STS 244/2022):
“El mero hecho de que uno de los copropietarios use más la vivienda no genera, por sí solo, derecho a indemnización; es necesario un requerimiento previo y la existencia de un uso excluyente e injustificado.”

¿Qué puede hacerse entonces?
El primer paso es requerir formalmente a la expareja para que abandone la vivienda o permita su uso común. Si no lo hace, se puede solicitar al juzgado la ejecución de la sentencia de divorcio (art. 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), pidiendo que se requiera al ocupante para entregar la Vivienda o permita el uso compartido y, en su caso, se impongan multas coercitivas mensuales hasta que cumpla.
Si el incumplimiento persiste, el cónyuge perjudicado puede además reclamar una indemnización económica por el tiempo que la otra parte ha seguido disfrutando la vivienda sin derecho, basada en el valor de mercado del alquiler y en el enriquecimiento injusto que esa situación le ha producido.
Cada caso merece una valoración de las circunstancias concretas, entre otras si la Vivienda es ganancial, proindiviso ó privativa, y un estudio de la sentencia o del convenio que estableció el uso, ya que no es una cuestión exenta de dificultades técnicas y procedimentales, pero lo importante es actuar y hacer valer los derechos para restablecer el equilibrio cuando se ha producido el incumplimiento.

En resumen: actuar con previsión y no quedarse de brazos cruzados
Si estás en proceso de divorcio, este artículo te interesa para hacer las cosas bien desde el principio: asegúrate de que tu abogado prevea en el convenio regulador qué ocurrirá cuando finalice el uso de la vivienda familiar. Y si ya te encuentras en la situación de que tu ex pareja sigue ocupando la vivienda pese a haberse extinguido el plazo, no lo dejes pasar. Un requerimiento a tiempo, una ejecución judicial bien planteada y una posible reclamación de compensación económica son claves para proteger tus derechos y evitar que la situación se consolide como si fuera “normal”. Porque en derecho de familia, como en casi todo, prevenir es mucho mejor que litigar después.

