La vivienda familiar es uno de los puntos más sensibles en un divorcio. Afecta a la estabilidad de los hijos, al equilibrio económico de los progenitores y a la reorganización de la vida tras la ruptura.
En los últimos años, el Tribunal Supremo ha modificado de manera relevante la interpretación sobre quién debe disfrutar del uso de la vivienda y durante cuánto tiempo. Se consolida una tendencia clara:
el uso de la vivienda familiar ya no es indefinido y debe adaptarse a las circunstancias reales del caso, especialmente en situaciones de custodia compartida o cuando existe una nueva convivencia con pareja.
Además, la entrada en vigor de la Ley 1/2025, que refuerza el uso de la mediación y del mutuo acuerdo, impulsa soluciones más flexibles y equilibradas.
En este artículo te explico de forma clara, pero con rigor técnico, cómo se decide el uso de la vivienda familiar, qué dicen las sentencias más recientes y qué opciones reales existen.

1. Qué es exactamente la “vivienda familiar”
Es el lugar donde la familia convivía de manera habitual antes de la ruptura.
No importa quién es el propietario; lo importante es su función como hogar.
Puede ser:
- de uno solo de los cónyuges,
- de ambos,
- en alquiler,
- o incluso de un tercero.
Lo determinante es que hubiera sido el centro de la vida familiar.
2. Criterios generales para decidir quién se queda en la vivienda
Tradicionalmente se atribuía al progenitor con el que convivían los hijos menores.
Hoy, la jurisprudencia aplica criterios más equilibrados:
- Interés superior de los menores.
- Modelo de custodia (compartida o exclusiva).
- Situación económica de cada progenitor.
- Titularidad de la vivienda y existencia de alternativas habitacionales.
- Proporcionalidad y temporalidad del uso.
El Tribunal Supremo insiste en que la vivienda no puede convertirse en un privilegio ilimitado, sino en un instrumento transitorio para facilitar la adaptación familiar.
3. La sentencia clave sobre la temporalidad del uso de la vivienda: STS 783/2025, de 19 de mayo
(ECLI:ES:TS:2025:2224)
En esta sentencia, el Tribunal Supremo fija un límite temporal de dos años al uso de la vivienda familiar atribuido a la progenitora en un caso de custodia compartida.
El Supremo corrige a la Audiencia Provincial de Madrid, que había atribuido la vivienda hasta la mayoría de edad del hijo, y recuerda que:
En custodia compartida, la atribución del uso debe ser excepcional, temporal y proporcionada.
El Tribunal destaca además:
- La progenitora disponía de otras opciones habitacionales.
- La situación económica del padre era mejor, pero no justificaba un uso indefinido.
- En casos similares, la jurisprudencia fija plazos entre 1 y 3 años.
- Es necesario favorecer una transición ordenada para ambos progenitores y para los hijos.
Esta sentencia es hoy la referencia jurisprudencial más actual en materia de temporalidad del uso de la vivienda familiar.
4. Extinción del uso de la vivienda cuando el progenitor conviviente inicia una nueva relación: STS 1166/2024, de 23 de septiembre
La convivencia con una nueva pareja en la vivienda familiar es una de las causas que pueden extinguir el uso de manera inmediata. La sentencia 1166/2024 lo establece con contundencia.
Puntos clave de esta resolución:
1. La vivienda pierde su naturaleza familiar
El Supremo reitera que la entrada de una nueva pareja transforma la vivienda en el hogar de una familia distinta.
Por tanto, la justificación del uso atribuido desaparece.
2. Protección de los hijos
Aunque extingue el uso, el Tribunal recuerda que los menores deben quedar protegidos.
Ordena reajustar la pensión de alimentos para que puedan acceder a una vivienda adecuada.
3. Doctrina consolidada
La sentencia se alinea con criterios previos, especialmente con la STS 641/2018, reforzando una línea clara:
La convivencia con una nueva pareja es incompatible con la continuidad del derecho de uso de la vivienda familiar.
Esta sentencia es esencial porque introduce un motivo objetivo de extinción que no depende ni del modelo de custodia ni de la situación económica.
5. Vivienda familiar y custodia compartida: la nueva realidad desde 2020
Con la custodia compartida ya consolidada como modalidad habitual, el Supremo ha dejado claro que:
- El uso de la vivienda no corresponde automáticamente a ninguno de los progenitores.
- La solución debe ser equilibrada y temporal.
- Se prioriza la igualdad y la reorganización habitacional de ambos padres.
Soluciones habituales:
- Venta del inmueble y reparto.
- Extinción del condominio.
- Uso temporal (1–3 años).
- Búsqueda de vivienda alternativa mediante compensaciones.
La mediación y el mutuo acuerdo permiten alcanzar acuerdos más flexibles y menos costosos.
6. ¿Se puede modificar la atribución del uso con el tiempo?
Sí. La atribución del uso no es definitiva.
Puede revisarse por:
- Cambio de custodia.
- Emancipación de los hijos.
- Mejora o empeoramiento económico.
- Convivencia con nueva pareja.
- Venta o extinción del condominio.
Las sentencias de 2024–2025 facilitan la modificación cuando cambian las circunstancias.
7. Consejos prácticos para familias en proceso de separación
1. Evalúa si puedes mantener la vivienda
Hipoteca, suministros, IBI… El uso no es solo un derecho, también implica obligaciones.
2. Considera alternativas habitacionales realistas
Un divorcio equilibrado exige que ambos progenitores puedan reorganizar su vida.
3. Explora primero la vía del mutuo acuerdo
Las decisiones negociadas son más estables que las impuestas judicialmente.
4. Acude a mediación cuando exista bloqueo
La mediación permite tratar este tema con serenidad y buscar soluciones personalizadas.
8. Mi reflexión final: por qué siempre merece la pena intentar un acuerdo
Tras más de treinta años acompañando a familias, puedo afirmar que:
Cuando una pareja elige el acuerdo en lugar del conflicto, el futuro de sus hijos mejora y su propio proceso de recuperación emocional se acelera.
La mediación y el mutuo acuerdo no son un signo de debilidad, sino de madurez, responsabilidad y protección familiar.
El litigio es a veces inevitable, pero siempre debería ser la última opción.
Mi filosofía profesional es sencilla:
negociar cuando sea posible, litigar solo cuando sea necesario, y hacerlo siempre con respeto, técnica y sentido común.

